Cuando me siento a leer la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 59, me preparo para separar el ruido de lo que realmente cambia la vida diaria: esa caja que mandas a tu mamá, la maleta que traes con medicamentos, el bulto que nunca llega. Hoy voy directo al grano: la Aduana General de la República publicó la Resolución 403/2025 y el Ministerio de Finanzas y Precios lanzó la Resolución 286/2025. Ambas mueven el piso de lo que entendíamos por “tabla de valoración por peso” y, crucialmente, empujan las exenciones y límites hasta el 31 de enero de 2026.

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¿Qué cambió exactamente?.(y por qué te debe importar).
Primero, contexto claro. ¿Sabías que la famosa “tabla” de 2022 la que te valuaba misceláneas por kilogramo queda suspendida… pero no para quedarnos en el vacío? . La Resolución 403/2025 suspende el Anexo Único de la Resolución 176/2022 y lo reemplaza temporalmente por un nuevo Anexo hasta 31/01/2026. Ese nuevo Anexo mantiene la equivalencia de 1 kg = 10 USD como base de valoración y conserva la exención de 30 USD (3 kg); es decir: el lenguaje cambia, la operativa se ordena, y el periodo de alivio se extiende.
Segundo, el Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) afina la letra chica que impacta tu bolsillo:
- Se incrementa el límite de valor para envíos no comerciales a 500 USD (antes 200).
- Se reafirma la exención por los primeros 30 USD (3 kg) y al exceso se aplica un arancel de 30% (ojo: el $10/kges la regla de valoración, no la tarifa; la tarifa es 30% sobre el valor que excede la exención).
- Para alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos, traídos por pasajeros como equipaje acompañado, se mantiene exención sin límite de valor; y en equipaje no acompañado se exenta hasta 500 USD / 50 kg.
- En envíos aéreos, marítimos o postales de alimentos/aseo/medicinas/insumos, se exenta hasta 200 USD / 20 kg(bajo la relación valor/peso oficial).
Todo esto rige desde el 1 de octubre de 2025.
Traducción de calle: si mandas una caja por paquetería, cuando aprendiste que “3 kg no pagan” estabas en lo cierto; lo que pase de ahí sigue jugando con la equivalencia 1 kg = 10 USD para calcular valor, y al exceso se le aplica 30% de arancel (salvo las exenciones especiales para alimentos/aseo/medicinas/insumos ya descritas).
La foto completa en una tabla rápida
Punto clave | Cómo queda hasta 31/01/2026 | Base legal |
---|---|---|
Tabla 176/2022 | Suspendida y sustituida por nuevo Anexo temporal | Resolución 403/2025 (Aduana). |
Regla de valoración | 1 kg = 10 USD; exento 30 USD (3 kg) | Anexo 403/2025. |
Tarifa al exceso | 30% sobre lo que exceda los 30 USD | Resolución 286/2025 (MFP). |
Envíos no comerciales (general) | Límite de valor: 500 USD | Resolución 286/2025. |
Pasajeros, equipaje acompañado (A/A/M/insumos) | Exento sin límite de valor | Resolución 286/2025. |
Pasajeros, equipaje no acompañ.ado (A/A/M/insumos) | Exento hasta 500 USD / 50 kg | Resolución 286/2025. |
Envíos aéreos/marítimos/postales (A/A/M/insumos) | Exento hasta 200 USD / 20 kg | Resolución 286/2025. |
Nota operativa: la Aduana exige separar físicamente esos artículos (alimentos/aseo/medicinas/insumos) del resto del equipaje para aplicar la exención; y en envíos, el contenido debe ser exclusivamente de esas categorías para gozar del beneficio. ¿Cuándo descubriste que ese detalle logístico te puede salvar dinero y tiempo?.

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Beneficios y límites: lo bueno, lo difícil y lo que nadie te dice
Lo bueno
- Oxígeno para la diáspora: ordenar y prorrogar beneficios da previsibilidad para planificar compras, vuelos y paquetería. Viste que cuando sabes el techo y las reglas reduces sorpresas y costos ocultos.
- Prioridad en lo básico: alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos quedan en el centro del alivio. Eso habla de una política de emergencia sostenida.
Lo difícil
- Demoras y pérdidas: en la práctica, los tiempos de entrega y los bultos extraviados siguen siendo dolor de cabeza; la norma no corrige por sí sola a las agencias de paquetería ni a la última milla.
- Costos logísticos: fletes, seguros y sobrecargos pueden superar el valor de lo enviado; la exención no elimina gastos de transporte ni manipulación.
- Ingreso real: con salarios que apenas alcanzan, el acceso a estos beneficios depende, otra vez, del familiar que paga desde afuera.

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Lo que nadie te dice en voz alta
Esto es un paliativo con fecha de caducidad. Extender beneficios hasta enero de 2026 reconoce (implícitamente) que no hay solución interna inmediata para el desabastecimiento. Es un válvula de escape para contener presión social, no un plan productivo. ¿Sabías que las reglas aduaneras pueden decir más de la economía que cualquier discurso?.
Cómo usar estas reglas a tu favor (sin dolores de cabeza)
- Planifica por “capas”: separa en bultos lo exento (alimentos/aseo/meds/insumos) y lo no exento. Eso acelera inspección y reduce discusión en mostrador.
- Calcula con la regla real: piensa en valoración (1 kg = 10 USD) para estimar el valor y luego aplica la exención de 30 USD y, si corresponde, la tarifa 30% al exceso. No confundas “$10/kg” con el impuesto.
- Envíos temáticos: si vas a mandar por postal/marítimo/aéreo, procura que el contenido sea sóloalimentos/aseo/meds/insumos para calificar al tope exento 200 USD/20 kg. Mezclar te puede sacar del beneficio.
- Documenta: facturas claras, separación física de categorías, y fotos del interior antes de cerrar el bulto. No elimina riesgos, pero acorta discusiones.
- No te confíes del “siempre llega”: compara agencias por tiempos reales y reclamos resueltos; el precio más bajo no siempre es el mejor negocio si pierdes el paquete.
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El trasfondo del malestar ciudadano
En un país donde conseguir pollo o jabón sigue siendo una carrera de obstáculos, cada prórroga se recibe con escepticismo. Cuando aprendiste que una medida “temporal” puede durar años, ya sabes leer entre líneas: no hay oferta interna suficiente y el mercado informal manda. Esta batería de resoluciones no cambia el estante vacío por sí sola; sólo facilita que entre algo más por las vías personales. Y aun así, entre demoras, fletes y pérdidas, muchos sienten que el alivio les queda lejos.

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Opinión de los usuarios (lo que nos dicen a diario)
- “Me salva el envío a mi abuela, pero el courier tarda demasiado.”
- “La exención ayuda, pero el costo del kilo voló.”
- “Separar los bultos es clave; la última vez me lo hicieron abrir todo por mezclar cosas.”
Estas no son cifras frías: son vidas organizadas alrededor del paquete.

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La visión de AKubaa
Desde AKubaa miro esto como un parche necesario en una llanta que ya no aguanta otro bache. Extender el alivio hasta 2026 es admitir que la cuerda está tensa y que la diáspora sigue siendo el almacén del país. Aplaudo la claridad normativa y la previsibilidad temporal; critico que no venga acompañada de un plan operativo para agencias y logística que reduzca tiempos y pérdidas. Si el Estado pide a su gente que importe lo básico, entonces debe garantizar que llegue y que llegue a tiempo.
En resumen
- Sí: se suspende la tabla anterior (Res. 176/2022) y se aplica un nuevo Anexo hasta 31/01/2026.
- Sí: la exención de 30 USD (3 kg) sigue viva; el exceso paga 30%.
- Sí: sube el límite de valor de envíos a 500 USD; y hay exenciones especiales para alimentos/aseo/meds/insumos(acorde a la vía utilizada).
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